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Oportunidades laborales

Podrán optar a este permiso de Residencia Temporal aquellos extranjeros que cumplan con los requisitos que al efecto determine el Consejo de Política Migratoria, en la propuesta a que se hace mención en el artículo 162 de la ley N° 21.325, referida a la cantidad de permisos que se estime pertinente otorgar en concordancia con la Política Nacional de Migración y Extranjería, con el objeto de atender las distintas necesidades sociales o económicas del país.

La postulación a este permiso se hará desde el extranjero a través del portal tramites.serviciomigraciones.cl. Excepcionalmente, podrán postular desde el territorio nacional aquellos extranjeros que, cumpliendo con los requisitos correspondientes, sean titulares del permiso regulado en el decreto que establece las subcategorías migratorias de Residencia Temporal, y que se encuentren en la fase terminal de estudios conducentes a los grados académicos de Magíster o Doctor.

Los titulares de un permiso de residencia correspondiente a esta subcategoría migratoria, podrán solicitar la prórroga de la misma en la medida que acrediten cumplir con los requisitos determinados por el Consejo de Política Migratoria al momento de la postulación.

REQUISITOS GENERALES:
+ Hoja de identificación del pasaporte del interesado, el que deberá tener una vigencia que no sea inferior a un año a la fecha de presentación de la solicitud.
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
Todos los documentos presentados por los solicitantes de Residencia Temporal, que se encuentren en un idioma distinto del español o el inglés, deberán acompañar la respectiva traducción la cual deberá ser autorizada por el organismo competente.