Inicio » Fondos Concursables

Fondos Concursables

2°convocatoria "Fondo Concursable Inclusión Migrante"

El concurso que se presenta tiene como finalidad entregar fondos a distintas organizaciones para el financiamiento de un proyecto por cada postulante, que tenga por objeto favorecer o fortalecer la inclusión de la población migrante en el ámbito nacional y que permita el encuentro entre chilenos y extranjeros.

Con estos fondos se pretende financiar de manera total o parcial proyectos culturales, deportivos y de intermediación cultural, con un enfoque inclusivo que permitan la participación tanto de población extranjera como chilena o que busquen sensibilizar a la población nacional respecto de la migración en términos generales.

Por último, cabe destacar que se espera poder financiar total o parcialmente aproximadamente 12 proyectos a lo menos, cada uno por un monto total $8.000.000.- (ocho millones de pesos).

1. Cronograma

Etapa Fecha
Publicación de bases y llamado de postulación. 4 de julio de 2022
Apertura postulación. 7 de julio de 2022
Cierre de postulaciones. 18 de julio de 2022
Publicación resolución de admisibilidad. 01 de agosto de 2022
Publicación resolución de selección. 01 de agosto de 2022

2. Postulantes

Podrán postular al Fondo Concursable de Inclusión Migrante:

– Todas las municipalidades del país.

– Personas jurídicas, con personalidad jurídica vigente y de al menos 6 meses de antigüedad, cuyo giro comprenda la realización de actividades culturales, deportivas, culturales o de extensión, excluyendo entre ellas las sociedades anónimas.

Además de lo expresado, los municipios que postulen al presente concurso, podrán considerar para la elaboración y para la ejecución del proyecto, a las corporaciones y fundaciones reguladas en el Título VI del DFL N°1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con la finalidad de realizar una promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo.

3. Quienes no pueden postular

Se encontrarán inhabilitadas de presentar proyectos aquellas personas jurídicas que se encuentren en alguno de los siguientes escenarios, los cuales también es aplicable para las corporaciones y fundaciones señaladas en N°1 precedente:

– Cuyos directivos o socios desempeñen alguna función en el Servicio Nacional de Migraciones o en alguna de sus Direcciones Regionales.

– Cuyos directivos o socios tengan la calidad de cónyuge, hijos/as o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios del Servicio Nacional de Migraciones o sus Direcciones Regionales.

– Que mantengan rendiciones pendientes respecto de fondos entregados por el Servicio Nacional de Migraciones.

– Cuyos proyectos hayan sido seleccionados en la convocatoria de este fondo, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N°151.304 de 27 de diciembre de 2021.