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Extranjeros que desarrollan actividades lícitas remuneradas

Podrán solicitar esta subcategoría de permiso de Residencia Temporal, aquellos extranjeros que deseen establecerse en Chile por un tiempo limitado, a fin de desarrollar actividades lícitas remuneradas bajo vínculo de subordinación o dependencia, y que cumplan los requisitos correspondientes.

La solicitud se realiza en el portal tramites.serviciomigraciones.cl.

El periodo de vigencia del permiso se contará desde el ingreso al país del extranjero. Sin perjuicio de aquello, el plazo con que cuenta el empleador para cumplir con sus deberes de escrituración y de registro electrónico del contrato, regulados en los artículos 9° y 9° bis del Código del Trabajo, se contará desde las oportunidades fijadas en cada uno de esos preceptos.

Podrán también postular al permiso aquellos extranjeros que cuenten con una oferta formal de trabajo emitida por una persona natural o jurídica chilena, y que haya sido aceptada formalmente por el interesado. Dicha oferta deberá constar en un documento que haya sido previamente protocolizado ante un notario público chileno, y que deberá ser ingresado a la plataforma electrónica dispuesta por el Servicio, en conjunto con el documento formal otorgado ante el Consulado competente, donde conste la aceptación del extranjero.

Con el mérito de estos antecedentes, el extranjero podrá dar inicio a la solicitud, luego de cuyo análisis y en caso de ser éste favorable, se le otorgará un permiso de Residencia Temporal por un término de 90 días corridos.

Desde el momento en que ingresa al territorio nacional, el extranjero tendrá un plazo de 45 días corridos para presentar al Servicio Nacional de Migraciones una copia del contrato de trabajo y de la constancia de la inscripción electrónica del mismo en los términos del artículo 9° bis del Código del Trabajo. Este contrato deberá haberse celebrado con el empleador que haya remitido la oferta formal señalada anteriormente. Con el mérito de estos antecedentes, se otorgará al interesado el permiso de Residencia Temporal regulado en el párrafo anterior.

En caso de no cumplirse con lo exigido, el Servicio junto con dejar sin efecto el permiso de 90 días, dispondrá el abandono del extranjero del territorio nacional. Ello, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que según corresponda, pueda imputarse a la persona natural o jurídica que haya emitido la oferta de trabajo que finalmente no prosperó.

Exceptuando la situación del permiso de 90 días de vigencia, la pérdida del empleo que sirvió de fundamento al otorgamiento del permiso o un cambio voluntario de empleador, no serán por sí solos motivos para su revocación; por lo que un extranjero que ya sea titular del permiso de Residencia Temporal podrá cambiar de empleador sin necesidad de informarlo al Servicio Nacional de Migraciones.

La forma y contenido del contrato de trabajo deberá ajustarse a lo dispuesto en el Código del Trabajo, pudiendo tener como objeto cualquier clase de empleo, a menos que aquel se oponga a la moral, a la seguridad o a la salubridad pública, o que su ejercicio se prohíba por exigencia del interés nacional y una ley lo declare así.

En el contexto de la libertad contractual, las partes podrán acordar voluntariamente que el empleador financie el pasaje de retorno del trabajador extranjero una vez que haya expirado el vínculo contractual que los ligue.

En el caso de los extranjeros que pretendan ingresar al territorio nacional para ejercer actividades remuneradas lícitas por cuenta propia, y que no correspondan a la subcategoría migratoria de Inversionista, deberán sujetarse a las siguientes exigencias:

  • En forma previa a su ingreso a Chile, el extranjero interesado deberá celebrar con un chileno, o un extranjero titular de Residencia Definitiva, alguno de los contratos regulados en la normativa civil o mercantil en que el extranjero ponga a disposición sus servicios inmateriales o servicios profesionales especializados, y siempre que el lapso en el que tales servicios deban prestarse exceda de 90 días corridos. En caso de necesitar una estadía menor, deberá estarse a lo dispuesto en el decreto que establece las subcategorías de Permanencia Transitoria.
  • Este contrato deberá celebrarse ante el Consulado que sea competente de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Consular. Sin este antecedente no se otorgará por parte del Servicio Nacional de Migraciones un certificado de permiso en trámite.

 

Sea que se trate de actividades realizadas bajo subordinación y dependencia, o por cuenta propia, deberá adjuntarse a la solicitud de residencia, la carpeta tributaria del empleador o contratante, en caso de que el empleador sea una persona jurídica o natural con inicio de actividades. De lo contrario, deberá acreditar solvencia económica suficiente para cumplir con las obligaciones contractuales contraídas.

Quienes deseen prorrogar el permiso correspondiente a esta subcategoría de Residencia Temporal, deberán acreditar que continúan desarrollando actividades remuneradas lícitas.

Los extranjeros podrán cambiar de subcategoría de Residencia Temporal, siempre que cumplan con los requisitos correspondientes a la subcategoría a la que postula y los plazos dispuestos.

REQUISITOS ESPECÍFICOS ACTIVIDADES LÍCITAS REMUNERADAS
CONTRATO DE TRABAJO:
PERSONALIDAD JURÍDICA SIN FINES DE LUCRO: + Pasaporte o documento de identificación
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
+ Certificado de vigencia de la personalidad jurídica emitido por SRCeI
+ Certificado del directorio de la personalidad jurídica SRCeI
+ Contrato de trabajo
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
PERSONALIDAD JURÍDICA CON FINES DE LUCRO: + Pasaporte o documento de identificación
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
+ Documento en la cual contemple la representación legal de quien firma el contrato
+ Contrato de trabajo
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
PERSONA NATURAL: + Pasaporte o documento de identificación
+ Certificado de antecedentes
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
CONTRATO A HONORARIO:
PERSONALIDAD JURÍDICA SIN FINES DE LUCRO: + Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
+ Certificado de vigencia de la personalidad jurídica emitido por SRCeI
+ Certificado del directorio de la personalidad Jurídica SRCeI
+ Contrato de prestación de servicios
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
PERSONALIDAD JURÍDICA CON FINES DE LUCRO: + Pasaporte o documento de identificación
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
+ Certificado de Inicio de Actividades del SII
+ Documento en la cual contemple la representación legal de quien firma el contrato
+ Contrato de prestación de servicios
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
PERSONA NATURAL: + Pasaporte o documento de identificación
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
+ Contrato de prestación de servicios
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
OFERTA LABORAL:
PERSONALIDAD JURÍDICA SIN FINES DE LUCRO: + Pasaporte o documento de Identificación
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
+ Carta de oferta de trabajo
+ Carta del solicitante aceptando la oferta laboral
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
+ Certificado de vigencia de la personalidad jurídica emitido por SRCeI
+ Certificado del directorio de la personalidad jurídica SRCeI
PERSONALIDAD JURÍDICA CON FINES DE LUCRO: + Pasaporte o documento de identificación
+ Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
+ Carta de oferta de trabajo
+ Carta del solicitante aceptando la oferta laboral
+ Acreditar liquidez para la contratación del solicitante
+ Certificado de Inicio de Actividades del SII
+ Documento en la cual contemple la representación legal del oferente
IMPORTANTE:
- El pasaporte debe tener una vigencia no inferior a un año desde la fecha en que se realiza la solicitud (para las solicitudes realizadas fuera del país).
- Los documentos emitidos en cualquier idioma distinto del español y el ingles, deben ser traducidos y legalizados por el Consulado respectivo.
- Todo documento emitido en el exterior o por la respectiva representación consular en Chile, debe estar apostillado o debidamente legalizado, según lo estipulado en los artículos N°345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil
- Los documentos emitidos por privados, deberán ser presentados dentro de los 30 días contados desde la fecha de emisión. Aquellos emitidos por instituciones y organismos públicos deberán ser dentro de los 60 días contados desde la fecha de emisión, salvo que en el mismo conste una vigencia distinta de la señalada.
- El contrato de trabajo debe ser firmado por el empleador ante notario chileno. Mientras que el extranjero deberá firmarlo ante Consulado que sea competente.