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Opción a la Nacionalidad

Las personas que pueden optar a la nacionalidad chilena, son los hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y los hijos de extranjeros transeúntes.

Los que deciden optar por la nacionalidad chilena, deberán hacerlo a través de una declaración de Opción a la Nacionalidad chilena que debe efectuarse en el plazo fatal de un año, contado desde la fecha en que el declarante cumpla 18 años de edad. Esta solicitud, deberá presentarse ante el Servicio Nacional de Migraciones, o ante el cónsul o agente diplomático chileno en el extranjero, del lugar de residencia del solicitante. En cualquiera de las situaciones descritas, se deberá pagar los derechos correspondientes.

Una vez que se ha determinado por la autoridad que el solicitante cumple con los requisitos, se le comunicará, ya sea a través del Servicio Nacional de Migraciones o del Consulado, dependiendo si se encuentra en Chile o en el extranjero, que debe documentarse como chileno.

REQUISITOS:
1.- Carta dirigida al Director del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando optar a la nacionalidad chilena.
2.- Certificado de nacimiento del solicitante o partida de nacimiento, en el que conste la expresión de “Hijo de Extranjero Transeúnte” o “Hijo de extranjero que se encuentran en Chile al servicio de su gobierno”.
3.- Copia de Cédula de Identidad, si corresponde.
SI EL SOLICITANTE SE ENCUENTRA EN CHILE:
+ Entregar solicitud en Oficina de Partes del Servicio Nacional de Migraciones, San Antonio 580, Santiago.
SI EL SOLICITANTE SE ENCUENTRA EN EL EXTRANJERO:
+ Entregar solicitud en el Consulado de Chile más cercano a su domicilio.