Fondos Concursables
2°convocatoria "Fondo Concursable Inclusión Migrante"
El concurso que se presenta tiene como finalidad entregar fondos a distintas organizaciones para el financiamiento de un proyecto por cada postulante, que tenga por objeto favorecer o fortalecer la inclusión de la población migrante en el ámbito nacional y que permita el encuentro entre chilenos y extranjeros.
Con estos fondos se pretende financiar de manera total o parcial proyectos culturales, deportivos y de intermediación cultural, con un enfoque inclusivo que permitan la participación tanto de población extranjera como chilena o que busquen sensibilizar a la población nacional respecto de la migración en términos generales.
Por último, cabe destacar que se espera poder financiar total o parcialmente aproximadamente 12 proyectos a lo menos, cada uno por un monto total $8.000.000.- (ocho millones de pesos).
1. Cronograma
Etapa | Fecha |
Publicación de bases y llamado de postulación. | 4 de julio de 2022 |
Apertura postulación. | 7 de julio de 2022 |
Cierre de postulaciones. | 18 de julio de 2022 |
Publicación resolución de admisibilidad. | 01 de agosto de 2022 |
Publicación resolución de selección. | 01 de agosto de 2022 |
2. Postulantes
Podrán postular al Fondo Concursable de Inclusión Migrante:
– Todas las municipalidades del país.
– Personas jurídicas, con personalidad jurídica vigente y de al menos 6 meses de antigüedad, cuyo giro comprenda la realización de actividades culturales, deportivas, culturales o de extensión, excluyendo entre ellas las sociedades anónimas.
Además de lo expresado, los municipios que postulen al presente concurso, podrán considerar para la elaboración y para la ejecución del proyecto, a las corporaciones y fundaciones reguladas en el Título VI del DFL N°1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con la finalidad de realizar una promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo.
3. Quienes no pueden postular
Se encontrarán inhabilitadas de presentar proyectos aquellas personas jurídicas que se encuentren en alguno de los siguientes escenarios, los cuales también es aplicable para las corporaciones y fundaciones señaladas en N°1 precedente:
– Cuyos directivos o socios desempeñen alguna función en el Servicio Nacional de Migraciones o en alguna de sus Direcciones Regionales.
– Cuyos directivos o socios tengan la calidad de cónyuge, hijos/as o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios del Servicio Nacional de Migraciones o sus Direcciones Regionales.
– Que mantengan rendiciones pendientes respecto de fondos entregados por el Servicio Nacional de Migraciones.
– Cuyos proyectos hayan sido seleccionados en la convocatoria de este fondo, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N°151.304 de 27 de diciembre de 2021.